La Comisión Federal de Comercio (FTC) estadounidense ha modificado las leyes concernientes a la privacidad de menores con la intención de otorgar más control de decisión a los padres de los mismos. Estas leyes mencionan explicitamente medidas de protección relacionadas con las apps de los smartphones y sitios web. Han tenido que actualizar las normas vigentes hasta ahora para adaptarse al aumento de uso de los smartphones y tablets por parte de los menores.

Algunos factores que se consideran en esta modificación están el reconocimiento de voz (y por tanto, los datos recabados al realizar la operación en servidores remotos), los sistemas de posicionamiento global (GPS), y la publicidad online basada en el comportamiento del usuario. La anterior ley, la COPPA del año 1996, ya requería a los operadores dirigidos a menores de 13 años notificar a sus padres y obtener su permiso antes de recolectar y/o compartir los datos privados de los usuarios menores como el nombre y apellido, números de teléfono, dirección física o dirección de correo electronico.

La nueva legislación expande el requerimiento para incluir sobre todo a las apps. Exime, de todos modos, a los mercados de aplicaciones como Google Play o la AppStore de Apple de toda responsabilidad del inclumiento de algunas apps de esta nueva ley. Ahora, cualquier dato que identifique y sirva para localizar al menor, requerirá de permiso paterno por lo que fotografías, videos, audios y la geolocalización del usuario lo requerirán también. Al poder rastrear un usuario a través de cookies, estas también necesitarán permiso paterno para instalarse. Los perfiles personalizados y basados en el comportamiento del usuario no podrán ser utilizados para dirigir publicidad personalizada a menores a no ser que se cuente con permiso paterno.

Aquellos sitios que tengan publicos de diversa edad, deberán cribar por edad y notificar a los padres cuando los menores de 13 años se conecten.

Fuente: NY Times

(Artículo de Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter para SER Consumidor, de la Cadena SER.)

Pero, ¿qué es el Sexting?

Sexting, en su significado más puro y actual, es la producción de imágenes propias (fotografías o vídeos) de alto contenido erótico o pornográfico y su envío a otra persona mediante el teléfono móvil.

Realizar sexting, por lo tanto, no supone un daño en sí mismo para quien lo realiza salvo que su producción o envío pudiera tener consecuencias legales directas, como ocurre en alguno de estos casos donde, por ejemplo, la imagen:

  • puede ser calificada de pornografía infantil.
  • incluye otras personas que no han consentido su producción o difusión.
  • es de alto voltaje y enviada a menores o incapaces.

¿Por qué es una práctica de riesgo?

Del sexting a la sextorsiónPongamos el caso de una mujer adulta que genera un vídeo íntimo de sí misma, donde puede ser reconocida, y lo envía a su pareja con el deseo y convencimiento de que no será compartido con nadie. Los problemas pueden comenzar cuando esas imágenes llegan a otras personas, son publicadas online, o están en manos de un chantajista que, en ocasiones, puede incluso ser el destinatario original del envío.

Si la fotografía o grabación alcanza difusión pública, bien por haber sido publicada en Internet, bien porque se ha distribuido entre smartphones de forma profusa se produce una primera afectación del honor, la intimidad y la propia imagen.

Este problema en muchas ocasiones viene aderezado con hostigamiento social que, en el caso de una persona pública como Olvido Hormigos, alcanza incluso repercusión mediática. En los incidentes con personas menores de edad suele adquirir la forma de ciberbullying.

Cuando las imágenes llegan a manos de un chantajista, el problema sería el de la sextorsión, esto es, la solicitud de determinadas concesiones (dinero, imágenes, mantenimiento de relaciones sexuales o sentimentales…) a cambio de que la comprometida grabación no sea publicada online o enviada al círculo relacional de su protagonista.

Otras prácticas con similares consecuencias

Existen otras situaciones que, sin constituir sexting, a la postre nos ponen directamente en uno de los casos anteriores: imágenes íntimas y privadas en manos de terceros. Pueden ser imágenes delicadas producidas pero no enviadas de forma voluntaria sino robadas, como ya ha ocurrido, por ejemplo, con intrusiones en los smartphones o activación mediante malware de la webcam. También es común el caso en el que se practica cibersexo o se muestran actitudes sexuales o desnudos vía webcam y quien está al otro lado de la pantalla graba de forma permanente un show que cuyo protagonista pensaba era temporal y privado. También pueden ser imágenes cedidas de forma voluntaria por medio de engaños u obligatoria bajo presiones y amenazas. Este es el caso de Amanda Todd, adolescente de 15 años que se acabó suicidando el pasado 10 de octubre víctima de ciberbullying sustentado en unas imágenes de sus pechos que mostró por la webcam. La crueldad de una parte de su entorno de relaciones, potenciada por el alcance de Internet y las redes sociales, acabó con ella.

Violencia sexual digital y reformas legislativas

Las estadísticas y las consultas nos dicen que en mayor medida son las mujeres, adolescentes y jóvenes, quienes sufren las consecuencias de la existencia de imágenes íntimas en manos inadecuadas. La sextorsión, por lo general, se traduce en solicitudes de tipo sexual. Se trata de violencia de género en la Red, es violencia sexual digital. Constituye un fenómeno alarmante y creciente al que esperamos contribuyan a poner freno las recientes reformas propuestas para el código penal que solicitan un año de cárcel por difusión de imágenes íntimas aun cuando la grabación de las mismas hubiera sido consentida.

Información y recursos educativos sobre temas relacionados:

La Asociación de Internautas y PantallasAmigas se han dirigido a Google para demandar la retirada de fotografías que podían corresponder al flashing de Amanda Todd, víctima de ciberacoso. Por su interés, reproducimos a continuación la petición:

Estimados Srs., como ya conocerán, el pasado 10 de Octubre de 2012, saltó la noticia del suicidio de la niña canadiense de 15 años, Amanda Todd, víctima de bullying y ciberbullying, y queremos informar, a través de la presente, de que hemos tenido conocimiento de la existencia de fotografías que podían corresponder al “flashing” (mostrar torso desnudo) de Amanda Todd en resultados proporcionados por Google.

La cuestión legal, en el sentido de que se trata de fotografías que fueron tomadas -capturadas desde la webcam- y distribuidas sin consentimiento de la menor, creemos que podría moverse entre los tipos penales del acoso sexual y la pornografía infantil; la cuestión civil del derecho al honor, intimidad y propia imagen y, la cuestión administrativa del derecho a la protección de datos (también en su manifestación conocida como “derecho al olvido”). Pero sin entrar a realizar una calificación legal precisa de los hechos, sí queremos informarles sobre dichos resultados proporcionados por Google que, sin embargo, no se encontrarían ya en su ubicación original. Aunque hubiera sido deseable haber podido hacer algo mucho antes, queremos ahora poner en su conocimiento estas cuestiones, e instarles a intervenir en la medida de lo posible.

En relación con todo aquello que afecta a los menores de edad, sería deseable el establecimiento de protocolos de actuación de urgencia, suficientemente efectivos, que permitan a las autoridades competentes resolver cuando proceda la retirada de contenidos que faciliten el ciberacoso. Asimismo, les instamos a promover toda iniciativa gubernamental que pueda activar mecanismos eficientes de salvaguarda de los derechos de la infancia y la adolescencia.

Quedamos a su disposición en todo aquello que pudiéramos serles de ayuda.

Atentamente,

— Víctor Domingo. Presidente Asociación de Internautas

— Jorge Flores Fernández. Director de PantallasAmigas

Según la fiscal delegada de Menores para la Comunitat Valenciana, Gema García, todos los días llegan delitos perpetrados con el teléfono móvil a su área de menores. Así lo aseguró el pasado día 7 de agosto durante un curso de verano que la Universidad Católica de Valencia celebraba en Santander. Entre este tipo de delitos se incluyen denuncias referidas a casos de sexting y grooming, explicó García .

La fiscal añadió que el acoso escolar también ha pasado a las nuevas tecnologías dando lugar al llamado ciberbullying, que puede implicar «delitos como injurias, amenazas o contra la intimidad o la integridad personal a través de las redes sociales». Por ello, considera que «no se debería permitir que los menores de 14 años dispusieran de un teléfono con conexión a Internet» para evitar que puedan ser víctimas o incluso autores de estos delitos.

Esa es la edad de responsabilidad penal y según alertó García, hay niños de 10 años que usan estos teléfonos inteligentes sin que los padres les den la «formación necesaria para el conocimiento de los límites».

Fuente: Las Provincias

También te puede interesar

En la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rey Juan Carlos tendrán lugar durante los días 10 y 11 del próximo mes de mayo unas jornadas que bajo el título «Impacto del uso de las TIC en los sistemas de protección jurídica de los derechos del menor» analizarán diversas cuestiones relacionadas con Derecho, menores y TIC.

Organizadas por la propia universidad Rey Juan Carlos, cuentan con el apoyo y patrocinio de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, de la Asociación de Internautas, INTECO, PantallasAmigas y Tuenti.

Programa de las jornadas

Jueves 10 de mayo

  • 10:00 h: Apertura de las jornadas.
    Srª.D.ª Pilar Laguna Sánchez
    Decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. URJC.
  • 10:30 h: Ponencias.
    Presentan: D.ª Eva Jordá Capitán y D.ª Verónica de Priego Fernández.
    Profesoras Titulares de Derecho Civil. URJC.
    Directoras de las jornadas.

    • «Menores y nuevas tecnologías»
      D. Arturo Canalda. Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid.
    • «Tuenti: un entorno seguro»
      D. Óscar Casado. Director Jurídico y de Privacidad. Tuenti Technologies.
  • 11:30 h: Coffee break
  • 12:00 h: Ponencias:
    • «Buenas prácticas para el fomento del uso saludable de Internet y las redes sociales»
      D. Jorge Flores. Fundador y director de PantallasAmigas.
    • «La renuncia al ejercicio de los derechos de la personalidad por los menores en Internet»
      D.ª María del Mar Heras Fernández. Profesora Titular de Derecho Civil. URJC.
  • Coloquio
  • 14:00 h: Lunch
  • 16:00 h: Ponencias.
    • «La protección de datos de los menores. Un reto para el siglo XXI»
      D. Santiago Abascal Conde. Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.
    • «Rasgos configuradores de la generación interactiva: retos sociales y educativos»
      D.ª Charo Sábada Chalezquer. Profesora Titular y Vicedecana de Posgrado y Relaciones Externas. Facultad de la Comunicación. Universidad de Navarra.
    • «La contratación por los menores en Internet: restricciones y responsabilidad»
      D.ª Carmen Pérez Conesa. Profesora Titular de Derecho Civil. URJC
  • Coloquio

Viernes 11 de mayo

  • 10:00 h: Ponencias.
    Presentan: D.ª Eva Jordá Capitán y D.ª Verónica de Priego Fernández.
    Profesoras Titulares de Derecho Civil. URJC.
    Directoras de las jornadas.

    • «La capacidad de obrar del menor y el uso de las TIC»
      D. Javier Hualde Sánchez. Catedrático de Derecho Civil. Universidad del País Vasco
    • «¿Qué pueden hacer los padres y tutores ante el uso de Internet por los menores?»
      D. Víctor Domingo. Presidente de la Asociación de Internautas
  • 11:30 h: Coffee break
  • 12:00 h: Ponencias.
    • «Medidas técnicas para la protección de los menores en la Red»
      D. Manuel Escalante García. Director general del INTECO
  • Coloquio
  • 13:00 h: Clausura de las jornadas y entega de diplomas
    Sr. D. José Manuel Vera Santos. Vicerrector de Extensión Universitaria y Centros Adscritos. URJC

Programa y presentación de las jornadas en PDF: «Impacto del uso de las TIC en los sistemas de protección jurídica de los derechos del menor»
twitter facebook Google Google Buzz Netvibes LinkedIn Menéame Latafanera Aupatu Debulla Enchílame Digg it del.icio.us Stumble It! Barrapunto Technorati Fresqui Blinkslist furl ma.gnolia simpy newsvine reddit fark TailRank

I Encuentro Internacional sobre el uso de Tecnologías de la Información por niños y adolescentes/jóvenes adultos. Rio de Janeiro (Brasil). 19 y 20 de abril de 2012

Los próximos días 19 y 20 de abril se celebrará en Río de Janeiro un encuentro internacional bajo el título E.S.S.E. MUNDO DIGITAL en el que se presentarán por parte de especialistas de varios países cuestiones como el tecnoestrés y la adicción a Internet; el ciberbullying, el sexting y el grooming; los abusos y la explotación sexuales, la pornogrfía infantil y la pedofilia online; la escuela y educación digitales; los problemas médicos, beneficios y usos terapéuticos de las TIC; los ciberdelitos; las redes sociales; la telemedicina; los derechos humanos y la seguridad en Internet; ética y valores en la Era Digital.

La conferencia de apertura se realizará por medio de videoconferencia y correrá a cargo del Dr. Michael Rich de la Universidad de Harvard desde Río y de la Dra. Regina Ungerer de la OMS desde Ginebra.

PantallasAmigas participará representada por su director, Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter, quien hablará sobre Privacidad, Sexting y Grooming y participará en la mesa redonda que tratará acerca del uso seguro de Internet.

El encuentro está dirigido a profesionales de las áreas de la salud, la educación, las TIC, el derecho y otros interesados, y contará con una exposición de posters sobre las cuestiones tratadas en el evento y con servicio de traducción simultánea.

El programa del Encuentro ESSE Mundo Digital puede ser consultado en varios idiomas.

Fuente: ESSE Mundo Digital

twitter facebook Google Google Buzz Netvibes LinkedIn Menéame Latafanera Aupatu Debulla Enchílame Digg it del.icio.us Stumble It! Barrapunto Technorati Fresqui Blinkslist furl ma.gnolia simpy newsvine reddit fark TailRank

El Centro de Investigación Innocenti (IRC) de la UNICEF en Florencia (Italia) acaba de publicar su informe Child Safety Online: Global challenges and strategies en el que presentan las amenazas para la seguridad y los derechos de los niños con respecto a Internet y otras TIC. Este entorno digital, según se admite en la presentación del informe, carece de diferenciación con respecto al mundo offline para los menores, que pasan de uno a otro de manera natural.

Según el director del IRC, Gordon Alexander, «cada vez más niños no pueden apenas imaginar la vida sin su perfil de las redes sociales». Advierte Alexander de que la brecha digital entre menores y sus padres es mayor en los países menos desarrollados, mientras se reduce en los industrializados, al tiempo que recalca la oportunidad que suponen que los chicos más expertos y conscientes de los riesgos de la Red ayuden a los más pequeños a conocerlos y evitarlos: de hecho, varios estudios muestran que los chicos se ven como protectores online de otros chicos. Aunque los menores deben ser escuchados sobre estas cuestiones —indica Alexander— no se debe sobrevalorar su capacidad de autoprotección. Es responsabilidad de los adultos (progenitores, docentes, instituciones, empresas…) proporcionarles un entorno online seguro donde también hacer efectivos los derechos fundamentales que les reconoce la Convención de Derechos de la Infancia al conocimiento, la participación, el ocio y el juego.

Con respecto a la evolución prevista en los países menos desarrollados, el informe insiste en lanzar la advertencia de que a medida de que se vaya disponiendo más ampliamente de tecnologías como la banda ancha y la telefonía móvil de última generación, los patrones de riesgo detectados en los países más industrializados, se repetirán también en los países en desarrollo, a menos que se pongan en marcha medidas para la prevención.

Portada del estudio de UNICEF sobre seguridad de los niños en InternetEl informe reconoce que pese a que las TIC no han creado los delitos de abuso y explotación sexual de menores, sí que los han llevado a una escala y potencial mucho mayores. Al tiempo reclama que los poderes públicos faciliten un acceso sin discriminación ni exclusión a todos los niños del mundo, promoviendo la ciudadanía digital responsable, como objetivos críticos de sus políticas respecto a Internet. Advierten los autores que la ansiedad social es una respuesta que se está dando por la combinación de una tecnología en acelerado cambio y unos espacios de socialización nuevos para los menores que sus padres no vivieron, aunque también surgen el sensacionalismo, la creación de mitos y la aplicación de respuestas públicas equivocadas. Uno de esos mitos es el temor popular que identifica Internet con peligro para los niños, denuncian.

El documento presentado aborda principalmente la cuestión de las imágenes de abuso sexual infantil y del grooming de menores, como unos de los principales riesgos que amenazan a los más pequeños en la Red junto con el ciberbullying/ciberacoso. Según los autores aún es insuficiente el grado de integración que existe sobre estos problemas online en los programas públicos de protección de la infancia. También critican que desde el sector privado no se pongan en marcha todas las medidas necesarias para proteger los derechos de los menores, por temor a una supuesta pérdida de competitividad o de libertad de empresa.

No obstante lanzan otra advertencia: intentar eliminar de la Red todos los peligros que amenazan a niños y adolescentes, más allá de cierto punto, amenaza la esencia misma de Internet y sus múltiples beneficios.

El informe defiende una estrategia que busque cuatro objetivos principales al respecto:

  1. empoderar a los niños y promover su resiliencia
  2. acabar con la impunidad de los abusadores
  3. reducir la disponibilidad del material nocivo de Internet
  4. promover la recuperación de los niños víctimas de abusos y otros daños

Los datos del informe

El informe menciona algunos datos al respecto de estos problemas:

  • La cifra de imágenes de abuso a menores en Internet es de varios millones.
  • Los niños que aparecen en ellas es probablemente de decenas de miles.
  • La mayoría de las imágenes representan a niñas preadolescentes (desde menos de 1 año a 10), de raza caucasiana.
  • Se observa una tendencia a la baja en la edad de los/as niños/as que aparecen en las imágenes, y a una mayor violencia y explicitud gráfica.
  • Las imágenes cada vez se concentran menos en determinados webs y están más repartidas en su almacenamiento. En esta línea, cada vez se usa más la compartición P2P.
  • Hay muy pocos datos sobre las consecuencias de la exposición de los menores a formas extremas de pornografía fácilmente disponibles online.
  • Está aumentando la preocupación ante casos de adicción a la pornografía entre menores, así como la reproducción entre chicas menores de los estereotipos femeninos de la pornografía, tanto en lo que respecta a la apariencia como a los comportamientos sexuales.
  • Los jóvenes se sienten a menudo más cómodos compartiendo informaciones íntimas o comportándose de una manera sexualizada online que fuera de la Red.
  • Hay un número significativo de adolescentes que están publicando imágenes suyas en la Red de tono sexual. En ocasiones esto da origen a procesos de sextorsión. En otras, atrae a posibles predadores sexuales.
  • Los chicos dicen conocer en general los peligros de la Red, pero creen que son otros los que corren esos riesgos, más que ellos mismos.
  • Con frecuencia no acuden a sus padres cuando tienen problemas, por lo general porque creen que no entienden ese mundo, porque temen que les quiten su teléfono o el acceso a Internet, por amenazas de algún abusador o por simple vergüenza. En el caso de los adolescentes, habitualmente consideran la intervención paterna o materna una interferencia que choca con la tendencia natural de esa edad a comenzar a separarse de los padres en muchos ámbitos de su vida. Sin embargo, hay numerosas pruebas de que la activa implicación y diálogo de los padres es el factor de protección más fuerte que existe en este terreno.
  • El hecho de que los padres pierdan capacidad de vigilar el uso que sus hijos hacen de la Red por el incremento en la conexión móvil (60% de los menores en Japón, p.ej.) supone un reto que requiere modificar las políticas de prevención.
  • A quien acuden en primer lugar los niños con problemas en la Red es a otros niños. Por tanto el informe sugiere apoyar a los niños en esta misión.

El «grooming»

El estudio realiza una definición de online grooming que excluye la necesidad de engaño, y lo amplía a cualquier persona que intente contactar con un(a) menor con intenciones sexuales, aunque lo haga abiertamente. Estas intenciones según el estudio se centran en un contacto sexual online, generalmente vía webcam, y que genera material que más tarde es compartido con otros, y que sólo en algunas ocasiones lleva o pretende llevar a un encuentro sexual físico.

Los lugares de la Red donde se realiza habitualmente el grooming son, según el estudio:

  • salas de chat
  • redes sociales online
  • servicios de mensajería instantánea

Según una investigación, un groomer medio puede tener hasta 200 menores en sus listas de amigos, en diferentes fases del proceso de grooming cada una, el cual puede durar desde unos minutos a unos meses. Los datos indican que las víctimas más frecuentes del grooming son las chicas adolescentes.

La falta de estadísticas acerca del número de groomers es debida, según explica el informe, a que en muchos países aún no es un delito esta práctica. Incluso en los que ya está castigado por la ley, aún no hay un registro coordinado, lo cual redunda en una peor protección de los menores.

Por otro lado los investigadores del IRC indican que existen diversos mitos sobre el abuso online de niños:

  • Los generadores y difusores iniciales de las imágenes no suelen ser extraños, sino cuidadores.
  • Los groomers no suelen ser hombres mayores que fingen una edad menor para engañar a los chicos con mentiras e identidades falsas obligándolos a entregar sus imágenes sexuales. Más bien es un proceso de seducción en el cual el/la menor acaba accediendo a las pretensiones sexuales como un favor voluntario hacia un amigo virtual. Es decir, aunque en ocasiones los groomers mienten sobre su edad o sexo, suelen encajar por lo general en un caso de relación con consentimiento.

Sexting: otra tendencia en alza

El estudio señala al sexting como otra tendencia en auge entre los menores, que pese a realizarse habitualmente con la pareja actual o pretendida, acaba en ocasiones a manos de un público amplio.

Privacidad

Un impedimento señalado por el informe para que los menores sean comedidos con la publicación de datos personales en las redes sociales, es el hecho de que si no lo hacen por lo general sus pares en estas redes considerarán que su perfil (muro, tablón…) es poco interesante y no lo visitará o comentarán. Por tanto, publicar información personal se convierte en la norma.

Algunos estudios descartan el mero hecho de publicar datos personales como fuente de victimización, al menos en lo referido al grooming y el abuso sexual, y señalan en cambio a los comportamientos arriesgados como fuente de esos problemas.

Ciberbullying

El estudio también recoge algunos datos sobre el ciberbullying, que no lo limita al ciberacoso entre menores, aunque sí a que haya un menor como víctima:

  • Las chicas suelen comentar más bullying online que los chicos, según algunos informes. Aunque otros indican justo lo contrario.
  • El/la diferente es el más proclive a sufrirlo: minorías étnicas, LGTB, obesos, discapacitados…
  • En los EE. UU. suelen abundar los casos de abusones offline que sufren ciberbullying.

Fuente: Innocenti Research Center

twitter facebook Google Google Buzz Netvibes LinkedIn Menéame Latafanera Aupatu Debulla Enchílame Digg it del.icio.us Stumble It! Barrapunto Technorati Fresqui Blinkslist furl ma.gnolia simpy newsvine reddit fark TailRank

Según Asunción Rodríguez Sacristán, psiquiatra infantil y forense, miembro de la Sociedad Italiana de Psiquiatría y de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal, «el ciberacoso está prácticamente sin legislar. Los menores y jóvenes están absolutamente indefensos ante el ciberacoso y todo el control no puede recaer sobre los padres. Creo que hay una responsabilidad por parte de los políticos. (…) El Estado debería garantizar el control de los menores en Internet. Es escandaloso que la familia de la niña de Utrera agredida por un joven que conoció en la Red avisara a la Policía Local y no hubiera una red de prevención en este momento para detectar a ese individuo y buscarlo. Debe protegerse a los menores víctimas del ciberacoso, igual que se hace con las mujeres maltratratadas o acosadas. Debe haber un cambio legislativo para que eso no suceda y también deberían articularse programas específicos de detección, protección y defensa de menores acosados en la Red.»

Para Rodríguez Sacristán los padres deben controlar el uso que sus hijos menores hacen de la tecnología, ya que «todo control es poco cuando estamos hablando de menores. El problema es cómo se hace eso sin invadir la intimidad de los adolescentes

Además, la psiquiatra advierte sobre los padres que publican las fotos de sus hijos menores en redes sociales, a la vista de cientos de amigos. «Eso debería prohibirse», afirma tajante. «Muchos padres exponen a sus hijos públicamente sin una responsabilidad y conciencia de los peligros que entraña. El Defensor del Menor debería elevar quejas sobre ese riesgo y pedir responsabilidades a quien corresponda. Una cosa es que muestres fotos de tus hijos menores a la familia a través de Internet y otra que las cuelgues en una red social con miles de amigos porque hay quienes sufren psicopatías y buscan en Internet un perfil de menores desprotegidos.»

Fuente: ABC

twitter facebook Google Google Buzz Netvibes LinkedIn Menéame Latafanera Aupatu Debulla Enchílame Digg it del.icio.us Stumble It! Barrapunto Technorati Fresqui Blinkslist furl ma.gnolia simpy newsvine reddit fark TailRank

En 1954 la Asamblea General de Naciones Unidas recomendó que todos los países instituyeran el Día Universal del Niño, fecha que se dedicaría a actividades para promover el bienestar de los niños del mundo. El día 20 de noviembre fue la fecha elegida, conmemorando las fechas en que la Asamblea aprobó la Declaración de los Derechos del Niño (1959) y la Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Pero ¿qué implica la aplicación y defensa de dichos derechos en el ámbito de Internet y otras Nuevas Tecnologías?

Según Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter, director de PantallasAmigas, «en esencia, poco o nada se puede añadir a lo expresado en la CDN. Sin embargo, merece la pena pensar qué nuevos condicionantes y agentes aparecen en esta labor de defensa de la infancia en el contexto actual.»

En opinión del fundador de esta iniciativa para el uso seguro de Internet y para la promoción de la ciudadanía digital responsable:

«No hay que olvidar que las TIC suponen una gran oportunidad para la infancia y la adolescencia. Por otro lado, dada la importancia de los nuevos usos sociales de las TIC y de las competencias digitales, se puede hablar sin ningún tipo de duda de el poder de la infancia en Red. Así pues, promoción y participación son dos aportaciones valiosísimas de las TIC para la infancia.»

¿Cuáles son las amenazas novedosas a que se enfrentan los menores en Internet?

BitboysPantallasAmigas, a lo largo de su trabajo desde 2004, ha identificado los siguientes riesgos que amenazan los derechos de niños y adolescentes y ofrece diversos materiales didácticos y sitios web para la prevención en torno a cada uno de ellos:

¿Cuáles son los ciberderechos en opinión de los propios chicos?

Ciberderechos-Infancia.netEn 2009 PantallasAmigas puso en marcha la primera edición de una iniciativa online dirigida a que los propios menores aplicasen el contenido de la Convención de los Derechos de la Infancia al entorno virtual, dentro del concurso InternetAmiga que contó con el apoyo de numerosas organizaciones del ámbito iberoamericano, España y EE.UU. Paralelamente puso al alcance de los docentes diverso material de referencia junto con unas pautas pedagógicas que les ayudase a llevar a cabo con los menores una actividad educadora en este tema.

INTERNETamigaA partir de los e-derechos de la infancia en Internet propuestos por Unicef en 2004 PantallasAmigas presenta una propuesta de 15 derechos sobre los que los menores debían seleccionar los más importantes además de poder sugerir nuevos derechos no planteados en la lista inicial, ejerciendo así su derecho a la participación.

Como resultado, estos fueron los 10 derechos más votados por los menores participantes en la iniciativa:

  1. Derecho a ser tratado/a con respeto siempre, sin discriminación y sin distinción de etnia, sexo, ideología o cualquier otra condición personal.
  2. Derecho a denunciar y contar con ayuda en las situaciones que sean violentas o desagradables.
  3. Derecho a ser protegido/a frente a los contenidos y personas potencialmente nocivas así como a ser instruido/a en relación a las pautas básicas de autoprotección en la Red.
  4. Derecho a ser informado/a de todos mis derechos dentro y fuera de la Red.
  5. Derecho al acceso y uso de Internet para la información, la comunicación, la educación, la cultura, el ocio y la participación en la sociedad.
  6. Derecho a no revelar mis datos personales y, en su caso, a conocer y a controlar el uso que se hace de ellos.
  7. Derecho a que nadie vulnere mi honor, mi reputación o mi dignidad en la Red.
  8. Derecho a acceder a una Red libre de contenidos ilegales y de servicios fraudulentos.
  9. Derecho a estar protegido/a de la publicidad, como en cualquier otro medio de comunicación (TV, prensa escrita, radio, etc.).
  10. Derecho a acceder a los contenidos y servicios de la Red sin restricciones o censuras de tipo político o ideológico.

Además, los jóvenes internautas propusieron otros derechos, entre los que destacan:

  • Derecho a que se elimine cualquier tipo de información de la red en el momento en el que el usuario desaparezca (cuentas y redes sociales). (De hecho, este problema se está convirtiendo en una preocupación que está requiriendo reformas legislativas a nivel internacional.)
  • Derecho a tener la información adecuada acerca de quién visita los diferentes perfiles que posea el usuario y pedir previa autorización en el uso de su información por otras personas.
  • Derecho a disponer de herramientas para prohibir la copia de imágenes y/o fotos pertenecientes a un perfil.
  • Derecho a tener todas las herramientas a disposición para poder ocultar sus datos confidenciales parcialmente o en su totalidad.

PantallasAmigas integra su labor para la prevención y la educación sobre los riesgos en Internet que amenazan los derechos de los niños en una estrategia global de promoción de la ciudadanía digital responsable. En palabras de Jorge Flores:

«Hoy la convivencia y la ciudadanía no se viven sólo cara a cara, sino también a la distancia, mediada por múltiples pantallas. Todas ellas, junto con Internet y el ciberespacio, son los nuevos escenarios de la vida hoy. Allí también nos enamoramos, trabajamos, estudiamos, viajamos, compramos, y por supuesto, nos fortalecemos o nos debilitamos como seres humanos. Lo que en estos espacios se hace, no es distinto de lo que se hace fuera de ellos. No son las tecnologías ni las herramientas las que nos dan o nos quitan bienestar. Son las relaciones humanas o inhumanas que establecemos.»

twitter facebook Google Google Buzz Netvibes LinkedIn Menéame Latafanera Aupatu Debulla Enchílame Digg it del.icio.us Stumble It! Barrapunto Technorati Fresqui Blinkslist furl ma.gnolia simpy newsvine reddit fark TailRank